El pasado 5 de Mayo la anterior Junta de Gobierno aprobó la convocatoria de un “Concurso-Oposición en el ámbito de un proceso excepcional para cubrir en propiedad 65 plazas de funcionarios”.
Durante años, el Gobierno Municipal de Getafe ha seguido la misma pauta en la contratación de funcionarios interinos: Generalmente en Agosto, y con 2-3 días de plazo para la presentación de instancias, se publicaba una convocatoria en el tablón de anuncios de personal solicitando personal con unas características laborales muy precisas. Con este método, solo algunas personas se enteraban de la convocatoria y, normalmente, eran muy escasas las que cumplían el perfil solicitado. Las pruebas eran muy simples – nada que ver con una oposición – y se realizaban con los pocos concursantes conocedores de los puestos ofertados, los cuales una vez “aprobadas” las pruebas pasaban a ser funcionarios interinos. Esta situación de interinidad se mantenía hasta que se cumplían un cierto número de años en ejercicio, al cabo de los cuales – lo que ahora se quiere llevar a cabo – se sumaban puntos suficientes para obtener, sin mayor dificultad, la plaza en propiedad.
En la actual convocatoria que el Ayuntamiento ha realizado el pasado mes de Mayo, cualquier funcionario interino que acceda a la convocatoria antes señalada tendrá asegurada una mayor ventaja por sus años de interino en el Ayuntamiento de Getafe, hasta un máximo de 8 puntos. Una ventaja que no tendrá ningún otro participante en esta “oposición”, ni siquiera aquellos con gran experiencia en otras instituciones. En resumen, muy posiblemente en muchos años nadie tendrá posibilidad de acceder a ninguna plaza de categoría superior, ni siguiera los funcionarios que quieran promocionar y cumplan los requisitos, porque los interinos contratados de manera especial han conquistado suficientes puntos para su causa, un privilegio que el resto no podrá alcanzar jamás. Este sistema anula buena parte de los procesos de oposición y, en muchas instituciones – no sólo en el Ayuntamiento de Getafe –, ha servido para proporcionar empleo a gran número de personas afines a los gobiernos del momento.
Invitamos a la ciudadanía a conocer las bases del Concurso-Oposición en las que se manifiestan varios asuntos que rozan o alcanzan la ilegalidad:
Las plazas ofertadas se señalan como de "Administración Especial". Según la ley, este tipo de plazas se reservan a aquellos puestos cuyo desempeño necesitan de una titulación especial (como los médicos, o los arquitectos). Por lo tanto, es ilegal que una función general (como se puede comprobar en el perfil del puesto que figura en las bases) como "programa mujer" o "plan estratégico" o "régimen interior", etc. se defina como Administración Especial. Este método se utiliza porque la ley permite que las plazas de Administración Especial no se ciñan al programa mínimo legal de la Administración General, por lo que las pruebas a realizar pueden ser de un perfil mucho más bajo que el requerido para una oposición: la prueba solicitada para ser funcionario fijo en propiedad podría ser tan sólo un trabajo práctico sobre las funciones que se desempeñan en ese momento.
Para superar el anterior escollo la posición o Clase a ocupar por el “funcionario” se configura como "Cometidos especiales", ya que este apartado no obliga a tener una titulación específica. Se trata de un artículo de la Ley que sólo se aplica a la Policía y a los Bomberos, pero nunca a la Administración General.
Todos los funcionarios interinos afectados tienen al menos cuatro años de antigüedad en el Ayuntamiento de Getafe. Todos ellos recibirán al menos 4 puntos por su experiencia (1 punto por año, hasta un máximo de 8 puntos), mientras que un ciudadano con 20 años de experiencia en la Administración en ese mismo puesto, podrá conseguir 0,5 puntos por año, hasta un máximo de 3 puntos.
Es cuando menos extraño, y posiblemente ilegal, que se den puntos por experiencia en un puesto que sólo existe en el Ayuntamiento de Getafe, y que es único en la plantilla de la institución. Además, de este modo se evita que se puedan presentar otros funcionarios del Ayuntamiento que tengan la correspondiente formación e igual o superior experiencia. Es decir, se premia llevar 5 años de interino en el puesto, sin haber entrado por examen u oposición, y se limitan los derechos de otros opositores.
La formación específica solicitada para cada plaza no está – en gran parte de los casos - relacionada con el puesto a desempeñar. De hecho, las plazas ofertadas están relacionadas con el perfil y el curriculum de las personas que las ocupan interinamente, las cuales, casualmente, están relacionadas o pertenecen al partido del anterior Gobierno Municipal.ç
El grupo municipal de UPyD en el Ayuntamiento de Getafe pedirá al gobierno municipal del PP la paralización de esta convocatoria y solicitará a la Concejalía de Personal el acceso a los expedientes relacionados con este Concurso-Oposición. Asimismo, el grupo municipal de UPyD exigirá al PSOE explicaciones por su conducta en este escandaloso asunto.